20/02/2017

ANTE LA REFORMA DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO

El día miércoles 15 de febrero de 2017, se aprobó la Reforma a la Ley de Riesgos del Trabajo, impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional mediante una sesión en Diputados cargada de acusaciones cruzadas y “tácticas parlamentaristas” claramente alejadas de las necesidades de la clase trabajadora.

Esta reforma auspiciada por la UIA y la UART tiene como objetivo terminar con la “litigiosidad”, tal como lo sostuvieron todos sus voceros a lo largo del debate, echando luz directamente al verdadero propósito: que lxs trabajadores no puedan acceder a la justicia laboral para defender sus derechos y reclamar su reparación frente a la desidia y el negocio fenomenal de estas entidades de lucro y de sus propias patronales.


La litigiosidad existe porque las patronales y las ARTs no cumplen las leyes de higiene y seguridad laboral, porque tercerizan las tareas obligando a trabajar en condiciones precarias, porque contratan trabajadores en negro sin protección legal, porque tenemos un sistema legal que desconoce muchísimas afecciones laborales. Claramente a estos legisladores que acompañaron la reforma no les interesan las causas de los litigios, sino tutelar las ganancias empresarias.

En el texto de la ley se obliga a lxs trabajadores a comparecer ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales que dependen de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, como instancia administrativa previa, en un procedimiento engorroso, antes de hacer un reclamo judicial; no pudiendo percibir la indemnización por su accidente o enfermedad si no está de acuerdo con la decisión de la Comisión o si la propia ART apela, debiendo esperar el resultado del juicio laboral.

Es decir, el recorrido que debe transitar el trabajador o la trabajadora es ahora aún más largo e impeditivo de la tutela de sus derechos, debiendo someterse a organismos administrativos financiados por las propias ARTs con facultades para juzgar sobre cuestiones de derecho laboral, cuyo procedimiento ya había sido declarado inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Además obliga al trabajador/a que decida iniciar un litigio a acudir ante el tribunal correspondiente al domicilio de la Comisión Medica, lo cual y fundamentalmente en nuestra localidad, sería un escándalo judicial, pues la jurisdicción de Rosario se vería absolutamente colapsada.

Es decir, estamos en presencia de un cuerpo legal destinado exclusivamente a cercenar el acceso a la justicia por parte de los trabajadores, entre otros aspectos.

Por ello llamamos a todxs lxs compañerxs y delegadxs de COAD a militar activamente en los lugares de trabajos ejerciendo la verdadera prevención y defensa de la salud laboral mediante la acción gremial. En nuestro Convenio Colectivo de Trabajo contamos con la herramienta de la Comisión de Condiciones y Ambiente de trabajo (CyAT) y con la posibilidad de conformarlas en cada establecimiento. Estos espacios resultan hoy más nunca fundamentales para forjar la protección de nuestrxs compañerxs ante los embates de los gobiernos y de las empresas que pretenden negociar nuestra salud a cambio de dinero.

 

¡Porque la salud no se delega ni se vende, se defiende!

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