03/02/2016

LICENCIA ANUAL Y REINTEGRO AL TRABAJO

Informamos a las compañeras y compañeros docentes que tienen 45 días (*) de licencia anual (vacaciones) que tienen el DERECHO de fraccionar su licencia. 30 días deben coincidir con el receso estival y los restantes 15 días pueden tomarse en el transcurso del año. Así lo establece el artículo 5º de la Ordenanza Nº712 que fue adecuada a lo que establece el CCT en su capítulo VII. Puede descargarse el texto completo de la Ordenanza Nº 712 en nuestra web.

Para que los docentes puedan hacer efectivo este derecho, los Institutos de la UNR deben encontrarse –al día de la fecha- en funcionamiento.


(*) Gozan de 45 días de licencia anual quiénes cuentan con más de 15 años de antigüedad.


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